Conocer los beneficios del trabajo registrado es fundamental para garantizar tus derechos como trabajador en Argentina y acceder a protecciones legales o prestaciones sociales para tu seguridad económica.
El trabajo registrado es valioso para garantizar tus derechos laborales y proteger tus finanzas personales. Contar con aportes jubilatorios, cobertura de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), vacaciones pagas y seguro por accidentes permite planificar mejor tus gastos y aprovechar beneficios asociados al empleo formal. Además, trabajar en blanco facilita acceder a servicios financieros como tarjetas, créditos y oportunidades de inversiones, asegurando estabilidad económica y seguridad a lo largo de tu carrera y vida laboral.
¿Qué es el trabajo registrado y por qué es importante?
El trabajo registrado es la relación laboral que se establece entre una persona trabajadora y su empleador/a, cumpliendo con todos los requisitos impuestos por la normativa laboral vigente. Es obligación de la persona empleadora registrar a sus empleados que trabajen en relación de dependencia. Recordá: tu primer derecho es “estar en blanco”.
El registrado o en blanco, te brinda ciertas garantías al momento de exigir el cumplimiento del resto de los derechos que te corresponden por trabajar para otra persona, ya que, si tu trabajo está registrado, el Estado sabe de la existencia de esta relación laboral entre empleador-empleado. En caso de que tengas algún problema de violación de derechos laborales, es el Estado quien oficiará de mediador entre tu empleador y vos.
Principales beneficios del trabajo registrado para empleados
Es muy importante saber que el trabajo registrado no solo cambia tu situación económica en el presente, sino, también, la de tu futuro.
Algunos de los beneficios del trabajo registrado son:
Obra social.
Asignaciones familiares.
Aportes jubilatorios.
Cobertura en caso de accidente de trabajo.
Seguro por desempleo.
Cómo actuar si tu empleo no está registrado
Como primera medida, deberías exigirle a tu empleador que te registre, para eso podés utilizar el telegrama laboral, que es un servicio gratuito.
En caso de que tu empleador se niegue a registrarte, es tu derecho considerarte despedido. En este caso, el empleador deberá pagarte la indemnización más una suma monetaria en concepto de multa por tenerte en un trabajo no registrado. También podés hacer la denuncia en el Ministerio o dependencia del Gobierno nacional correspondiente al ámbito laboral (Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Capital Humano, etc.).
A su vez, tenés que saber que el período de prueba en un trabajo es parte del contrato laboral. Para tenerte a prueba, el empleador primero debe registrarte.
Otros derechos de quienes trabajan en relación de dependencia
Una persona trabajadora tiene muchos derechos, entre ellos:
Lugar de trabajo seguro: tener un trabajo registrado te brinda el derecho de un lugar seguro de trabajo; es decir, libre de peligros, y, además, obliga a tu empleador a contratar una ART (Aseguradora de Riesgos de Trabajo) que resguardará tu salud en caso de que sufras algún accidente. El costo de esta ART corre por cuenta de tu empleador.
Jornada laboral máxima: tu jornada laboral no podrá ser mayor a ocho (8) horas diarias o 48 horas semanales. Puede ser una carga horaria menor, pero nunca superior.
Sueldo anual complementario: más conocido como aguinaldo. Consiste en un sueldo extra al año y se paga en dos cuotas, generalmente una cuota es con el sueldo de junio y la otra con el de diciembre.
Licencia por maternidad: si estás embarazada, la licencia por maternidad es tu derecho y también una obligación, porque la ley prohíbe tu actividad laboral 30 días antes del parto y hasta 45 días después, sin excepción. Mientras estás bajo licencia, es tu derecho que se te guarde tu puesto de trabajo. Una vez que te reincorpores, tenés derecho a dos pausas de media hora destinadas a lactancia.
Enfermedad: en caso de sufrir un accidente o enfermarte y no presentarte en tu lugar de trabajo, tenés derecho, por cierto tiempo, a gozar del pago de tu salario como si estuvieras en actividad. Este plazo lo determinará tu antigüedad en el puesto de trabajo.
Descanso y vacaciones pagas: las vacaciones son un derecho, y consisten en la interrupción de tu actividad por un período determinado de tiempo en el cual no dejarás de cobrar tu salario. La ley laboral establece plazos específicos para el descanso según la antigüedad que poseas en tu puesto:
menor a 5 años, 14 días corridos;
mayor a 5 años, pero menor de 10, 21 días corridos;
mayor de 10 años, pero menor de 20, 28 días corridos; y
mayor a 20 años, 35 días corridos.
Para el caso que no llegases a completar el tiempo mínimo requerido para tener vacaciones (la mitad de los días hábiles del año calendario) se te otorgará un día de descanso por cada 20 trabajados.
Accidentes y enfermedades profesionales: en caso de que contraigas una enfermedad o sufras una lesión en tu puesto de trabajo, la ley de trabajo prevé ciertas compensaciones económicas que estarán a cargo de la ART, así como también todos los gastos médicos que pueda ocasionarte la enfermedad.
En definitiva, a la hora de comenzar en un nuevo puesto de trabajo, es muy importante conocer tus derechos, beneficios y obligaciones, así como también las de tu empleador. En caso de que tengas dudas o no entiendas alguno de tus derechos, contactá con el Ministerio o dependencia del Gobierno correspondiente al ámbito laboral, donde profesionales idóneos te asesorarán y guiarán en el proceso de registro de empleo formal.

